Los trabajadores tendrán derecho a descansos sentados en sillas con respaldo para evitar las enfermedades derivadas de estar toda la…
¿Qué es la bipedestación prolongada y por qué es clave para la aplicación de la Ley Silla?

La Secretaría del Trabajo emitió las disposiciones que acompañarán la implementación de la Ley Silla.
La bipedestación es la capacidad de mantenerse erguido, en el contexto laboral es la postura de trabajar de pie. De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), se trata de bipedestación prolongada cuando la persona realiza sus tareas de pie por más de tres horas continuas durante la jornada laboral.
La bipedestación prolongada es un criterio clave en las disposiciones que emitió la STPS para la prevención de riesgos y garantizar el derecho al descanso previsto con la Ley Silla; de hecho, se trata del elemento que define si aplican o no las reglas que definió la dependencia.
“Permanecer de pie durante periodos prolongados en el trabajo se asocia con diversos problemas de salud potencialmente graves, como dolor lumbar y de piernas, problemas cardiovasculares, fatiga, malestar y consecuencias para la salud relacionadas con el embarazo”, advierte la Secretaría del Trabajo en las disposiciones.
De acuerdo con los lineamientos, las empresas deben realizar un diagnóstico para determinar si las sillas deben colocarse en el sitio donde se realizan las actividades, en un punto cercano al espacio de trabajo o en otra área específica para el descanso periódico en los asientos.
El punto de partida es determinar el número de personas que realizan actividades de pie por más de tres horas continuas. En caso de que no se encuentren en este escenario, “no aplica el decreto”.
Posteriormente, el diagnóstico tiene que considerar si las tareas permiten que la persona esté sentada y si la ubicación es adecuada para colocar la silla, en caso de que no, se tiene que identificar si el asiento puede estar cercano al sitio de trabajo o en un área especial dentro de la empresa para este fin.
Estas disposiciones que emitió la autoridad laboral fue una obligación que estableció la Ley Silla, una reforma a la Ley Federal del Trabajo que reconoció el derecho al descanso en la jornada laboral, como su nombre lo indica, en una silla con respaldo que deberá otorgar el empleador.
El objetivo de los lineamientos de la dependencia, además de ofrecer un marco para el análisis de riesgos asociados con la bipedestación prolongada, es proporcionar las características de las sillas que deberán proporcionar los patrones, además de establecer una serie de medidas recomendadas para evitar afectaciones en la salud.
¿Qué deben hacer las empresas?
Además de las sillas, las disposiciones de la STPS indican que los empleadores con personal con bipedestación deben tomar otras medidas para la prevención de riesgos, entre estas acciones se encuentran:
- El diseño o adecuación de estaciones de trabajo para permitir la incorporación de asientos o sillas, así como el libre movimiento de extremidades.
- Alternar tareas que permitan el cambio de postura en bipedestación y sedente.
- Proporcionar calzado ergonómico.
- Acondicionar los pisos en el puesto de trabajo, de tal manera que tenga una superficie amortiguada
Establecer un programa de pausas activas conforme al resultado del análisis de riesgos.
Adicionalmente, tienen la obligación de informar a las personas en esta situación sobre los riesgos a los que se exponen y las medidas de prevención implementadas.
Foto: Freepik. Con información de Gerardo Hernández. Publicado en El Economista.
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