Ir al contenido principal
Buscar solo en:

Blog Recursos Humanos

Buscar solo en:

Jornada de 40 horas y certificación laboral, claves de las reformas que ya entraron en vigor

La reducción de la jornada laboral a 40 horas busca garantizar el derecho al descanso y el certificado laboral de agroexportación, asegurar que los empleados del campo tienen trabajo decente.

En este mes entraron en vigor dos reformas laborales que plantean cambios en las obligaciones de los empleadores y derechos de los trabajadores: las reglas en la Ley Federal del Trabajo (LFT) para la reducción de la jornada de 48 a 40 horas semanales y la creación de un certificado laboral para la agroexportación.

El 1 de mayo pasado, Día del Trabajo, la presidenta Claudia Sheinbaum firmó los decretos sobre ambos cambios legislativos y ese mismo día fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La reducción de la jornada laboral a 40 horas implicó, primero, una reforma al artículo 123 de la Constitución y después cambios a la Ley Federal del Trabajo para regular la implementación.

Mientras que en abril el Congreso de la Unión avaló la creación del certificado laboral para la agroexportación y protección de los ecosistemas forestales. Su objetivo es que los trabajadores del campo para la exportación cuenten con seguridad social.

Estos cambios a la legislación laboral se suman a otros que conforman una batería de derechos y obligaciones para trabajadores y empleadores que el gobierno federal ha bautizado como «la primavera laboral»: la ley silla, las vacaciones dignas y los aumentos al salario mínimo, entre otros.

Estas son las claves de la reforma de reducción de la jornada laboral y el certificado laboral de agroexportación:

Reforma secundaria de jornada laboral
Los cambios a la LFT serán la base para la transición gradual fijada en la Constitución:

  • El nuevo límite será de 40 horas con una implementación gradual que concluirá en el 2030.
    Por cada seis días de trabajo las personas trabajadoras disfrutará por lo menos de un día de descanso.
  • La jornada laboral podrá distribuirse de común acuerdo entre los empleadores y las personas trabajadoras.
  • Está prohibida la reducción de sueldos y o prestaciones.
  • El tiempo extraordinario no podrá exceder de las doce horas en una semana y podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días.
  • Se alcanzará de manera gradual el nuevo límite de tiempo extraordinario, incrementará una hora a partir del 2028.

Reloj checador obligatorio para medir la jornada laboral

  • Los empleadores estarán obligados a registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada trabajador. El registro electrónico debe incluir la hora de inicio y finalización de la jornada y deberá entregarlo a la autoridad cuando le sea solicitado.
  • La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) deberá expedir las disposiciones generales que determinen el ámbito de aplicación y excepción a la obligación del registro electrónico de la jornada laboral.
  • El contenido del registro electrónico será considerada una prueba si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y empleadora.
  • Si los empleadores incumplen con el registro electrónico de la jornada laboral podría recibir una sanción de 29,327 y 586,550 pesos (de 250 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización).

Calendario de la reducción de la jornada laboral

La reducción de la jornada laboral se hará de manera gradual, el calendario está contemplado tanto en la Constitución como en la Ley Federal del Trabajo:

  • 1 de enero de 2027: 46 horas
  • 1 de enero de 2028: 44 horas
  • 1 de enero de 2029: 42 horas
  • 1 de enero de 2030: 40 horas

Del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2026 será el periodo de transición para que empleadores y trabajadores ajusten los procesos para cumplir con las reformas.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social instrumentará los mecanismos que correspondan para recopilar, procesar y evaluar datos relacionados con la implementación de la reducción de la jornada laboral.

¿Qué es el Certificado Laboral de Agroexportación?
Esta nueva obligación patronal se oficializó con el decreto publicado en el DOF el pasado 1 de mayo. Esto es lo que plantea la reforma a la LFT:

  • La Secretaría del Trabajo y Previsión Social podrá expedir un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social de conformidad con las disposiciones generales que emitan las autoridades competentes.
  • El objetivo del certificado es crear un sistema que verifique que garantice que los productos agrícolas de exportación se generen en condiciones dignas y sin afectar los ecosistemas forestales.
  • Las empresas agroexportadoras deberán acreditar, mediante este certificado, que cumplen con la normatividad laboral: contratación formal, seguridad social y condiciones dignas para los trabajadores en México.
  • Las medidas de regulación y restricción no arancelarias a la exportación de mercancías se podrán establecer cuando se trate de o prevenir la deforestación y el cambio de uso de suelo en terrenos forestales sin autorización.

De acuerdo con cifras del Gobierno federal, 4.6 millontes de trabajadores del campo no cuentan con seguridad social frente a 736,000 que sí están asegurados al IMSS.

Foto: Freepik. Información de Cristóbal Martínez Riojas. Publicado en El Economista.
https://www.eleconomista.com.mx/capital-humano/jornada-40-horas-certficacion-laboral-claves-reformas-entraron-vigor-20260502-811490.html

0 0 votes
Article Rating

capacitación, capital humano, empresas, México, recursos humanos

Suscríbete
Notificación de
0 Comentarios
lo más nuevo
más antiguo lo más votado
Inline Feedbacks
View all comments