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Última actualización: 26 de abril de 2024
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Jornada de trabajo, el segundo derecho laboral que menos respetan las empresas

26 de octubre de 2023
NOTA

Los incumplimientos relacionados con la jornada laboral casi duplican las inconsistencias observadas en los tipos de contratación y el pago de aguinaldo entre los empleadores del país, de acuerdo con la data recolectada por la STPS en sus inspecciones.

Los aspectos vinculados con la jornada laboral representan uno de los derechos más vulnerados por las empresas en el país, de acuerdo con el análisis de datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) como resultado de las inspecciones ordinarias que realiza, sólo por detrás de lo relacionado con el reparto de utilidades.

De acuerdo con el Programa de Inspección 2023 de la STPS, en dos años, las irregularidades identificadas respecto a la jornada laboral casi duplicaron las inconsistencias en aspectos relacionados con los tipos de contratación y el pago de aguinaldo.

“Estamos demandando una reducción de la jornada laboral, pero lo que se establece actualmente como jornada máxima no se respeta legalmente, hay una serie de aspectos legales y prácticas patronales que hacen que los trabajadores prolonguen más su jornada de trabajo de lo habitual y sin que haya un pago de tiempo extraordinario”, dice Manuel Fuentes Muñiz, abogado laboralista y académico de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).

La jornada laboral está regulada por la Constitución y por la Ley Federal del Trabajo (LFT), en ellas se reconoce un día de descanso por cada seis días de trabajo y un límite de ocho horas diarias, eso implica un máximo legal de 48 horas por semana.

“En muy real, los horarios son de lo menos respetado. Desafortunadamente, en pocas ocasiones se pagan las horas extras. La ley permite ampliar la jornada hasta nueve horas a la semana, pero siempre que se pague”, afirma Abigail Quiroz, presidenta de la Fundación Trabajo Digno y especialista en Derecho Laboral.

Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), 10.2 millones de trabajadores subordinados tienen una jornada que supera las 48 horas semanales. De ese universo, la mitad labora entre 49 y 56 horas a la semana.

Los especialistas consultados coinciden en que parte de las violaciones al marco legal de la jornada de trabajo se vinculan con una baja capacidad de inspección del Estado para garantizar que el derecho se respete.

Manuel Fuentes subraya que la violación al tiempo de trabajo y el pago de las horas extra se vincula con múltiples factores. “Hay una serie de cuestiones, como los contratos que se les hacen firmar a los trabajadores donde se establece que, para laborar tiempo extraordinario, deben contar con la autorización escrita el representante de la empresa. Así, cuando los empleados trabajan tiempo extra, no les dan esa autorización escrita y, cuando quieren reclamar el pago, no se puede demostrar”.

Además, apunta el especialista, hay una cultura de trabajo que premia la prolongación de la jornada laboral como muestra de fidelidad de los trabajadores; “incluso para mantener hasta cierto tipo de prestaciones o se condicionan las renovaciones de contratos a laborar tiempo extra”.

“No estamos logrando que se respete lo que ya tenemos”, puntualiza Abigail Quiroz. El problema con el límite legal actual, opina, es que se excede constantemente. “No me parecen excesivas las ocho horas de trabajo, si dividimos el día en tres bloques de ocho horas, dedicamos un tercio del tiempo a descansar, otro tercio a la vida personal y otro al trabajo, pero no se respeta”.

Los últimos datos de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) muestran que México es el país donde más se labora. El año pasado, la fuerza laboral mexicana destinó 2,226 horas al trabajo, 474 horas más que el promedio de las economías que conforman el organismo.

¿Cuáles son las sanciones por no respetar la jornada?
La LFT establece una sanción de entre 5,187 y 25,935 pesos por no respetar el límite máximo de la jornada laboral. El monto máximo con el que se puede sancionar a un empleador por este incumplimiento representa una de las multas más bajas, apenas supera las sanciones impuestas a empleadores, defensores públicos y procuradores de la defensa del trabajo por no presentarse a una audiencia de conciliación.

“La sanción es un mito”, apunta Manuel Fuentes. En la mayoría de los casos, los defensores de las empresas logran evadir las sanciones mediante amparos. “Sin temor a equivocarme, diría el 90% de los recursos que interponen las empresas contra multas son ganados”.

La ausencia de juicios también influye en que el tiempo de trabajo se exceda constantemente. Abigail Quiroz explica que las demandas para reclamar el respeto de la jornada laboral no son comunes. Generalmente, en los juicios por despido injustificado se reclaman prestaciones y el tiempo extra, pero los procesos específicos por jornada de trabajo son prácticamente nulos.

“Esto se debe a que no es rentable, los abogados que representan a trabajadores suelen cobrar por resultados. Para los abogados, invertir tiempo en juicios donde sólo se reclama el pago de tiempo extraordinario no es rentable”, expone. En este sentido, agrega, la inspección del trabajo es la herramienta idónea que tienen los trabajadores para garantizar al respeto de sus horarios laborales.

Con información de Gerardo Hernández, El Economista.
https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Jornada-de-trabajo-el-segundo-derecho-laboral-que-menos-respetan-las-empresas-20231025-0148.html