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Última actualización: 26 de abril de 2024
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Habrá acceso a pensiones y cobertura médica para parejas del mismo sexo

9 de diciembre de 2022
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El Senado aprobó cambios a la redacción a las leyes del IMSS y del ISSSTE para reconocer el derecho de las parejas del mismo sexo a recibir todos los beneficios de la seguridad social. El proyecto fue avalado por la Cámara de Diputados desde 2018.

La Cámara de Senadores avaló esta semana el reconocimiento del derecho de las parejas del mismo sexo a acceder a los beneficios de la seguridad social, incluyendo las pensiones. Las modificaciones aplicarán tanto para las personas trabajadoras de los sectores público y privado.

Por unanimidad, la Cámara Alta aprobó el dictamen para reformar la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, cambios con los que se reconoce como beneficiario a la pareja de la persona asegurada, sin importar el sexo y si se encuentran en matrimonio, concubinato o unión libre.

“Actualmente se excluyen de la protección social a cónyuges, concubinarios del mismo sexo. Yo estoy convencido que los derechos de las y los mexicanos no deben estar sujetos a ningún tipo de prejuicio o discriminación. Por el contrario, todas y todos sin importar sus ideas y preferencias, tienen garantizada su igualdad ante la ley”, expresó en tribuna el senador Manuel Añorve (PRI), presidente de la Comisión de Estudios Legislativos.

De esta manera, el Senado concluyó un largo camino legislativo para modificar la redacción en las leyes que evitaban el acceso a la protección social de las parejas del mismo sexo, un proceso que empezó a tomar forma hace cuatro años. El proyecto fue aprobado por la Cámara de Diputados en noviembre de 2018.

Hasta ahora, tanto la ley del IMSS como la del ISSSTE reconocen como beneficiarios de los asegurados a sus cónyuges y concubinos, pero no contemplan a las parejas en unión libre y específicamente en la legislación de la seguridad social en el sector privado, se maneja una redacción que usa términos masculinos que excluye a las personas del mismo sexo.

“La redacción aludida también es discriminatoria al excluir a la comunidad LGBTTTIQ, por lo que se propone de inicio, introducir en los ordenamientos citados, un término genérico como el de ‘cónyuge’ para terminar con la discriminación de la que son objeto los matrimonios del mismo sexo en el ejercicio de su derecho a la protección social”, se indica en el dictamen aprobado en la sesión de este martes.

¿Qué cambios incluye la reforma?
La reforma incluyó cambios a 13 artículos de la Ley del IMSS y a 10 artículos de la Ley del ISSSTE, los principales cambios que contempla son:

  • Introduce la palabra “cónyuge” como término genérico.
  • Reconoce la figura de unión civil para garantizar derechos, servicios y prestaciones a cónyuges del mismo sexo.
  • Otorga a la mujer trabajadora el derecho de transmitir a su beneficiario o beneficiaria una pensión de viudez.

“Con este dictamen damos otro gran paso en acortar la brecha de desigualdad y discriminación en nuestro país y hacemos patentes los ideales suscritos en el artículo primero de nuestra Carta Magna para que todas las personas en nuestro territorio gocen de las garantías para su protección, aboliendo toda discriminación motivada incluso por el género o las preferencias sexuales”, señaló el senador Manuel Añorve.

En este sentido, las parejas del mismo sexo gozarán de las mismas prestaciones, derechos y obligaciones de la seguridad social que las uniones celebradas entre hombres y mujeres, como acceso a guarderías.

Al haber concluido el proceso legislativo, la reforma fue enviada al Poder Ejecutivo y ésta entrará en vigor seis meses después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Éste será el tiempo con el que contarán el IMSS y el ISSSTE para adecuar reglamentos, normas y todas las disposiciones internas. Ambas instituciones podrán solicitar recursos financieros adicionales para cumplir con estas nuevas obligaciones.

Con información de: El Economista