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Visítanos en: www.amedirh.com.mx 37 Las empresas prestadoras de servicio especializado deben renovar el REPSE dentro del plazo de tres meses anteriores a la fecha en que concluya la vigencia del registro. En caso de no hacer la renovación, legalmente las empresas ya no podrán prestar servicios especializados o ejecutar obras especializadas. MARCO LEGAL Hay que tomar en cuenta que la propia normativa establece que la STPS se pronunciará dentro del plazo de 20 días hábiles posteriores a partir de la solicitud de renovación del registro, por lo que, si una empresa inicia el trámite de su renovación en el último mes de los tres que tiene, podría poner en riesgo su registro; ya que la STPS se pronunciará respecto de la renovación del registro en 20 días hábiles. Por lo anterior, se recomienda iniciar el trámite al iniciar el plazo de tres meses antes del término de la vigencia del REPSE. Por su parte, las empresas que reciben los servicios o las obras especializadas tienen un gran reto importante, ya que en los próximos meses, con motivo de la renovación del REPSE, tendrán que identificar si los proveedores de estos servicios cumplen con las obligaciones legales en materia de subcontratación, y en su caso detectar si aquellos están al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social frente al SAT, IMSS e INFONAVIT; o bien si se han presentado con regularidad la información cuatrimestral ante los Institutos aseguradores. La renovación del RESPE es un indicador de que han cumplido, pero se recomienda monitorear constantemente a sus proveedores, ya que también pueden ser sujetos de cancelación del registro. También es tiempo de analizar y reflexionar tanto para las empresas contratantes como para las prestadoras de servicios especializados si la forma en que han venido operando cumple con la normatividad; es decir, si verdaderamente se presta un servicio o se ejecuta una obra especializada, que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de quien recibe el beneficio prestado, ya que recordemos que la eliminación del outsourcing fue el principal tema que motivó la reforma a la subcontratación y las empresas deben cuidar no caer en los supuestos de una subcontratación prohibida por la Ley. Finalmente, en la reforma se señalaron las formalidades para llevar a cabo la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, entre los cuales se indicó, que se debía celebrar un contrato por escrito, por lo que con el nuevo REPSE, este instrumento legal también debe ser actualizado entre las empresas. El contenido es responsabilidad del autor.

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