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Prevén oleada de amparos contra Reforma Laboral

24 de junio de 2019
Prevén oleada de amparos contra Reforma Laboral

Al juzgado Séptimo de Distrito en Materia Laboral han llegado las primeras 8 solicitudes de amparo promovidas por organizaciones sindicales, vinculadas con la Confederación de Trabajadores de México (CTM), que buscan evitar, entre otras acciones, la obligación de modificar sus estatutos para incluir el voto libre, directo y secreto.

Al ser admitidos por la autoridad laboral tendrá que ser dictaminada la sentencia el próximo dos de julio, a partir de la solicitud que emitió el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Construcción Terraceros Conexos y Similares de México.

De acuerdo con el Expediente: 1274/2019 se admitió la demanda de amparo en sus términos “sin que pase desapercibida tramítese el incidente de suspensión, por así haberlo solicitado la parte quejosa, cítese a las partes a la audiencia constitucional que tendrá verificativo a las diez horas con veinticinco minutos del dos de julio de 2019”.

Asimismo, el documento del juzgado indica que “en el presente juicio de amparo no existe tercero interesado, dada la naturaleza del acto reclamado. Se tienen como autoridades responsables las que indica la parte quejosa en su escrito de demanda,”.

Cabe recordar que la CTM trabajó por el documento que servirá de machote para solicitar el amparo que buscan la protección de la justicia de la unión, en contra de decreto que reforman, publicado el primero de mayo, en el que se hacen modificaciones a las leyes Federal del Trabajo, del Poder Judicial de la Federación, del Infonavit y del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva.

Por otra parte, el Tribunal destacó que “para efectos de la suspensión provisional, el quejoso tendrá que acreditar, cuando menos de manera indiciaria, la afectación que le causa el acto reclamado a su interés legítimo o jurídico, pues para ese momento basta la comprobación que se obtenga a través de un hecho, circunstancia o documento, cierto y conocido, por virtud del cual, realizando una deducción lógica, el juzgador de amparo pueda presumir válidamente que quien solicita la medida cautelar resulta agraviado con el acto reclamado, aunado a que pueda inferir que efectivamente la ejecución de los actos reclamados le causarán daños y perjuicios de difícil reparación”.

De acuerdo con especialistas aún está en proceso la publicación del Protocolo que será una guía para que los sindicatos realicen, tanto la actualización de los contratos colectivos de trabajo; así como realizar la actualización de estatutos antes de que concluya el año.

Para los sindicatos de la CTM, que encabeza Carlos Aceves del Olmo, la manera en que se aprobó la reforma laboral es una auténtica intromisión en la vida sindical, pues son las organizaciones sindicales son las que determinan —vía estatutos— la manera como deben elegirse las dirigencias.

Con información de El Economista.