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Instituto de Conciliación: ¿Cuáles son los avances?

5 de marzo de 2018
Instituto de Conciliación: ¿Cuáles son los avances?

El Partido Revolucionario Institucional (PRI), a través de los senadores Tereso Medina, Isaías González y Armando Neyra, presentó la iniciativa de ley para la creación del Instituto Federal de Conciliación y Registro Laborales, con el fin de avanzar en la aplicación de la reforma a la justicia laboral y el nuevo modelo de impartición de justicia en la materia.

De acuerdo con el proyecto de decreto que presentaron los senadores, este permite establecer las reglas a las que se sujetará el sistema de justicia laboral.

Así, el proyecto diferencia situaciones que deben ser tratadas de manera especial para su mejor resolución, tanto en la etapa conciliatoria como en la jurisdiccional e incorporan las actuaciones que den fuerza y certeza jurídica, como en el caso de los procedimientos de pago de prestaciones por muerte de los trabajadores o el procedimiento especial de huelga.

Asimismo, establece que el procedimiento que se propone en la instancia conciliatoria será único para todo el país, “con el propósito de homologarlo en el organismo descentralizado de conciliación y registro de asociaciones sindicales, contratos colectivos de trabajo y procedimientos administrativos”, refiere el documento.

Los senadores indican en la exposición de motivos que “se ha recogido la experiencia de un siglo de impartición de justicia laboral y se han identificado las mejores prácticas procesales en nuestro país y en otros, para contribuir a que el proceso de adecuación legislativa culmine con la construcción de un derecho procesal del trabajo para el siglo XXI, con apego a los mencionados principios constitucionales”.

Esta reforma busca que quienes ocupen el cargo de conciliador lo hagan a través de un riguroso proceso de examinación que valore sus competencias para ofrecer adecuadamente el servicio de conciliación y garantice la autonomía de su actuación.

En la iniciativa se indica que se diseñó un capítulo que señala los parámetros y las etapas que deberán acreditar los candidatos a ocupar el cargo de conciliador, siendo fundamental que cuenten con determinadas aptitudes y habilidades, entre las que destacan las siguientes: conocimientos generales de derecho y específicos en materia laboral, análisis y resolución de controversias, gestión del conflicto, y actitudes en la función conciliatoria.

Como parte de las características del procedimiento de conciliación, la propuesta establece que debe haber un principio de confidencialidad y validez de los convenios.

Fuente: El Economista