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Última actualización: 18 de marzo de 2024
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¿Cuál podría ser la ruta de implementación de la Reforma Laboral?

5 de mayo de 2019
¿Cuál podría ser la ruta de implementación de la Reforma Laboral?

A partir de ayer 2 de mayo, empezaron a correr los tiempos para la instrumentación de la reforma laboral, tal y como lo establece el Diario Oficial de la Federación (DOF) y que obliga al Ejecutivo a dar cumplimiento a la creación de un Centro de Conciliación y Registro Sindical, a admitir el registro de sindicatos y contratos; además de dar paso a los tribunales laborales.

Así, la ley orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) tendrá que estar lista el próximo 1 de noviembre del 2019, pues en el decreto se establece que debe hacerse en los seis meses siguientes de la promulgación.

En este periodo, deberán estar listos los cambios que las organizaciones sindicales tienen que realizar a su vida interna, a través de las modificaciones en sus estatutos para incluir el voto libre secreto y directo.

Mientras que el listado y soporte electrónico de expedientes de asociaciones sindicales al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral iniciará funciones el 1 de noviembre del 2020; pues el plazo marca seis meses antes de que entre en función el CFCRL.

También para el 2020 los sindicatos deben ajustarse al procedimiento de demostrar que tienen el respaldo de 30% de la mayoría de los trabajadores mediante voto directo, personal, libre y secreto, para obtener constancia de mayoría.

Respecto al CFCRL, en lo concerniente al registro de asociaciones sindicales y contratos colectivos de trabajo, tiene como plazo hasta el 1 de mayo del 2021, dos años siguientes a la promulgación de la reforma. En este mismo año, 2021, deberá crearse una plataforma informática en materia de seguridad social para que los tribunales puedan realizar consultas en cuanto los trabajadores registrados y cotejar los registros sindicales, para ello el Congreso dio dos años.

Posteriormente, en el 2022, se realizará el traslado físico de expedientes de las asociaciones sindicales al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Y en este mismo año, se tiene previsto que entren en función los centros de conciliación locales y tribunales locales, en un plazo de tres años.

Para el caso de la entrada en funciones del Centro de Conciliación y tribunales a nivel federal el plazo es de cuatro años, por lo que tendrán que estar listos y operando en mayo del 2023.

Revisión de contratos
Dado que, el objetivo de la nueva Ley Federal del Trabajo es terminar con los contratos de protección, los patrones están obligados a realizar una revisión extraordinaria para no extinguirlos y ésta deberá ser, por lo menos una vez, dentro de los cuatro años siguientes.

Al respecto, Germán de la Garza de Vecci, especialista laboral de Mowat, expuso que “son muchos los plazos que se establecieron en los artículos transitorios; cada acción tiene una modificación distinta, aunque todas se empatan al cumplimento en cuatro años. Se tiene que empezar a trabajar desde ya para evitar incumplimiento en cada uno de los plazos”.

Ruta de la Reforma Laboral

Noviembre del 2019

  • Creación de la ley orgánica del nuevo Centro de Conciliación y Registro Sindical
  • Cambios en la vida interna de los sindicatos, ya que deben modificar sus estatutos e incluir el voto libre, secreto y directo

Mayo del 2020

  • Soporte electrónico de expedientes de asociaciones sindicales
  • Los sindicatos deben ajustarse al procedimiento de demostrar que tienen el respaldo de 30% de la mayoría de los trabajadores a través del voto libre, secreto y directo

Mayo del 2021

  • Creación de la plataforma de Seguridad Social para que los tribunales puedan realizar consultas y cotejen el registro de trabajadores en los sindicatos

Mayo del 2022

  • Traslado físico de expedientes de las asociaciones sindicales al Centro de Conciliación y Registro Laboral
  • Entran en función los centros de Conciliación y Tribunales Laborales a nivel local

Mayo del 2023

  • Entran en función los centros de Conciliación y Tribunales Laborales a nivel federal
  • En ese año, concluye el plazo de tres años que tienen los patrones para realizar la revisión extraordinaria de los contratos colectivos de trabajo existentes y que sean avalados por todos los trabajadores

“Viene el mayor reto”Observatorio Laboral iniciará trabajos posreforma

El Observatorio Ciudadano de la Reforma Laboral (OCRL) iniciará en los próximos días una segunda etapa de discusión y análisis sobre los temas que la reforma laboral no abordó, entre ellos, las formas tercerizadas del trabajo, Apartado B, seguridad social, igualdad de género, proceso individual, la reversión de la carga de la prueba, el pago de cuotas sindicales y la nueva ley de afores, etcétera.

“En el OCRL apostamos por que los trabajadores recuperen sus organizaciones” señaló Alfonso Bouzas, coordinador del OCRL.

A su vez, el magistrado Héctor Arturo Mercado señaló que el OCRL de manera paralela hará un seguimiento en la instrumentación que se debe dar a esta reforma con presupuesto adecuado e instituciones fortalecidas, bien construidas a partir del conocimiento que se tenga de la materia y no por el involucramiento de circunstancias ajenas que traban los procesos.

El coordinador del OCRL dijo que “el reto más importante es que los trabajadores tomen en sus manos la reforma y la pongan a trabajar”.

Explicó que se reunieron con el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, el morenista Napoleón Gómez Urrutia, y coincidieron en que la promulgación de la reforma laboral es un paso adelante en términos de democracia sindical, de justicia laboral y del voto libre, directo y secreto.

“Es un paso adelante como lo fue la firma del Convenio 98 de la OIT, que fue el primer paso para romper con este sistema de contratos de protección patronal. Esta reforma es una continuidad junto con el Convenio 87 de la OIT de libertad de asociación”, comentó Gómez Urrutia.

Con información de El Economista.