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RETORNO DE INVERSIÓN CreandoValorRH | La guía de los expertos en Recursos Humanos 36 servar la naturaleza del fondo como un mecanismo de ahorro y evitar que dichas aportaciones sean consideradas como ingresos ordinarios para efectos fiscales; que el fondo se destine a otorgar préstamos a los trabajadores y el remanente se invierta en valores a cargo del Gobierno Federal o en títulos valor o en valores de renta fija que el SAT determine, y que los préstamos otorgados a los trabajadores no excedan del saldo acumulado en su fondo de ahorro y se concedan como máximo una vez al año. Para el otorgamiento de un segundo préstamo, será indispensable que el préstamo inmediato anterior haya sido liquidado en su totalidad y que haya transcurrido un plazo mínimo de seis meses a partir de la fecha en que el trabajador concluyó el pago de dicho adeudo. En materia de seguridad social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, fracción II de la Ley del Seguro Social, las aportaciones al fondo de ahorro no integran al Salario Base de Cotización (SBC), siempre que las aportaciones realizadas por el patrón sean iguales a las efectuadas por el trabajador, lo que convierte a esta prestación en un instrumento altamente eficiente desde el punto de vista financiero y de control de cargas sociales. Seguro de vida El seguro de vida es una prestación que, aunque no siempre se percibe de forma inmediata, genera un alto valor emocional y de lealtad. Para el trabajador, las primas del seguro de vida pagadas por el patrón no constituyen un ingreso gravado. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, fracción XXI de la Ley del ISR, en caso de fallecimiento del trabajador, la indemnización pagada por la aseguradora no estará sujeta a retención de impuesto, siempre que los beneficiarios del seguro sean el cónyuge, la persona con quien vivía en concubinato o los ascendientes o descendientes en línea recta del trabajador. Desde la óptica empresarial, el costo del seguro de vida es deducible para ISR siempre que se cumplan los requisitos previstos en el artículo 27, fracción XI LISR, es decir, que los beneficios de dichos seguros cubran: la muerte del titular los casos de invalidez o incapacidad del titular para realizar un trabajo personal remunerado Seguro de gastos médicos Los gastos médicos mayores y los seguros de salud privada se han consolidado como una prestación altamente valorada. Para el trabajador, este beneficio tiene el carácter de ingreso exento, siempre que se otorgue como prestación de previsión social, en términos de la legislación fiscal aplicable. Para la empresa, las primas pagadas por estos seguros son deducibles para efectos del ISR, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27, fracción XI de la Ley del ISR y 50 de su Más allá de los beneficios económicos, el home office o teletrabajo se ha consolidado como un elemento clave para lograr un equilibrio saludable entre la vida laboral y familiar. Este esquema, cuando se implementa correctamente, incrementa el compromiso, reduce el estrés y mejora la satisfacción del personal. — —

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