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Visítanos en: www.amedirh.com.mx 35 RETORNO DE INVERSIÓN Copia del registro REPSE vigente. Contrato por escrito que señale claramente el objeto del servicio, duración, monto y personal asignado. Verificación de que el contrato incluya el número de registro REPSE. Confirmación de que la actividad contratada coincida con la actividad autorizada en el registro. Adicionalmente, de forma periódica, el proveedor debe proporcionarte: CFDI de nómina de los trabajadores que participaron en la prestación del servicio. Comprobantes de pago y declaración de las retenciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR) efectuadas a dichos trabajadores. Declaración y acuse de pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente a los meses en que el contratante haya realizado pagos al proveedor. Comprobantes de pago de cuotas obreropatronales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit). Opiniones de cumplimiento positivas emitidas por SAT, IMSS e Infonavit. Con el propósito de acompañarte en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, conocimos que en el ejercicio 2025 recibiste Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por operaciones que realizaste con personas que están canceladas en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), no obstante, si el día en que recibes este comunicado ya cumpliste, no tienes que presentar un caso de aclaración. Estos comunicados se deben, en buena medida, al cruce de información entre los CFDI emitidos, las bases de datos de la autoridad fiscal y la información del padrón administrado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Sin embargo, es importante hacer una precisión: que un proveedor no tenga REPSE vigente “el día de hoy” no necesariamente significa que no lo haya tenido vigente cuando se contrató, prestó, facturó o pagó el servicio. El análisis correcto debe hacerse considerando el momento en que se prestó el servicio y se realizó la operación. Si en ese momento el proveedor contaba con registro vigente, la empresa contratante deberá contar con la documentación que lo demuestre. Por ello, más que saber cómo atender una carta invitación o requerimiento, lo recomendable es integrar desde el inicio un expediente completo por cada proveedor de servicios especializados. ¿Qué información debería solicitarse al proveedor? Como parte del expediente inicial, es conveniente contar con:

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